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Subvenciones
para plantaciones de manzanos
DE MANZANOS DE SIDRA Continuando con la campaña de subvenciones para la plantación de manzanos de sidra que llevó a cabo la Excma. Diputación Foral de Gipuzkoa durante el pasado año, damos a conocer las Bases que van a regir durante la presente campaña, para que las plantaciones sean subvencionadas. CONDICIONES PARA LA CAMPAÑA 1997 - 98 Primero.-Adquisición de plantas, forma de pago y subvenciones: Las plantas podrán adquirirse en los Viveros de la Diputación 'Finca Zubieta" de Hondarribia (1). Para retirar las plantas se presentará el resguardo que justifique el ingreso del importe de las plantas en la cuenta D.F.G. Agricultura ingresos 316385/4 de la Kutxa. El precio de las plantas es de 500 Pts/unidad. Una vez que se haya comprobado por los técnicos de la Diputación que se ha llevado a cabo la plantación de conformidad con las condiciones que se expresan en este pliego, la Diputación otorgará una subvención por el importe equivalente al precio de las plantas. Este importe se hará efectivo en la cuenta corriente o libreta del titular que figure en el impreso de solicitud. Para tener derecho a las cuantías máximas de estas ayudas será necesario pertenecer a la Asociación de Fruticultores legalmente establecida, en su sección de manzano de sidra. FRUITEL Teléfono 693074. Fax 692953 Los acogidos a las ayudas contenidas en estas bases, deberán comprometerse a utilizar las producciones de manzana de sidra para su autoconsumo o destinarlas a la elaboración de sidra natural por la Asociación de Elaboradores de Sidra Natural de Gipuzkoa. Así mismo los titulares de las explotaciones tendrán capacidad propia y conocimientos para llevar a cabo el cultivo del manzano . Si así no fuera, se comprometerán a contratar los servicios de un experto. Aquellas explotaciones que vayan vinculadas a la obtención de licencia urbanística, tendrán que garantizar la unidad mínima de cultivo que para el manzano es de 2 hectáreas en plantación regular intensiva 6 3 hectáreas en extensiva. (1) También podrán adquirirse las plantas, en cualquier vivero que esté inscrito en el Registro General de Comerciantes de Plantas de vivero, editado por el Gobierno vasco. En este último caso la subvención podrán concederse siempre y cuando se trate de variedades aptas para elaborar sidra, se presente la factura con la relación y número de ellas, así como el patrón en la que vienen injertadas. Segundo.- La plantación deberá realizarse en territorio guipuzcoano y el número mínimo de manzanos a plantar por explotación será de 100. Tercero.- No se establecerán los manzanales, sea cual sea la orientación en aquellos terrenos de poca profundidad en suelo arable o de fácil encharcamiento y en general en aquellos terrenos que no presentan aptitud para el cultivo del manzano. Cuarto.- Preparación del terreno. a).- Si la plantación se realiza con variedades injertadas sobre patrón franco (patrón procedente de semilla), será suficiente la realización de hoyos individuales y la cava del terreno en un radio de 0,5 metros alrededor del tronco. b).- Si la plantación se realiza con variedades injertadas sobre patrón clonal (patrón enanizante), se recomienda el laboreo de toda la superficie de plantación. c).- En el caso de aplicar estiércol, éste deberá ser muy hecho y no estar en contacto directo con el árbol. Quinto.- Plantación y marcos de plantación. A la hora de plantar no se enterrará la zona de injerto que quedará al menos 5 cms. por encima de la superficie del suelo. Si las variedades están injertadas sobre patrón franco la distancia mínima entre plantas será de 8 mts. Si las variedades están injertadas sobre patrón clonal las distancias de plantación dependerán tanto del patrón como del sistema de formación escogido.
Sexto.- No deberá pastar clase alguna de ganado en el nuevo manzanal. En todo caso, si se diera el pastoreo se defenderán las plantas de forma tal que queden a cubierto de posibles daños. séptimo.- injertos propios. En el caso de que el agricultor realice sus propios injertos, para que la plantación sea subvencionada, el material a injertar deberá ser controlado por la Diputación antes de realizar el injerto así como de conocer y anotar su ubicación en el terreno. octavo.- Se exigirá en cada plantación un mínimo de 5 variedades ocupando cada una de ellas el 20 % del total salvo en la variedad Reineta que puede ser el 25 Solicitudes.- Las solicitudes de plantas deberán formularse en los impresos disponibles al efecto en la "Finca Zubieta" de Hondarribia. Caso de adquirirse las plantas en viveros particulares, el solicitante lo notificará a la Finca Zubieta. CONDICIONES EN EL SEGUIMIENTO DE LAS PLANTACIONES En el seguimiento que ha de llevarse a cabo a un manzanal en los años posteriores a la plantación, se recomiendan las siguientes operaciones: 1.-Durante los cinco primeros años después de realizarse la plantación, deberá mantenerse debidamente escardado el suelo que rodee a la planta en una superficie que aproximadamente corresponda a la ocupada por las raíces. 2.-Realizar la poda de formación al año de efectuar la plantación, así como las podas de mantenimiento durante el resto de los años de cultivo. 3.-Abonar el manzanal de acuerdo con las indicaciones que resulten del análisis de tierra efectuado. Este análisis se llevará a cabo en los laboratorios que posee la Diputación a requerimiento de los interesados. 4.-Conviene que se realicen los tratamientos fitosanitarios precisos especialmente los de invierno. El personal Técnico del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación Foral atenderá a cuantas consultas se le formulen sobre los temas expuestos. Para ello podrá dirigirse a las oficinas Comarcales Agraria.
Lista de variedades de manzana disponibles en la Finca Zubieta de Hondarríbia para la Campaña 1997-98
IMPORTANTE: Personal técnico de la Diputación Foral realizará la visita de comprobación de los cuidados aplicados al manzanal.
PATRONES PARA MANZANOS
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